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Ed. Instituto Espacio para la Memoria, año 2008. Tamaño 23 x 16 cm. Incluye 6 planos y 64 fotografías en color y blanco y negro.
Estado: Usado excelente. Cantidad de páginas: 128
El resguardo de la Memoria
La Ley 961 de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires establece que es atribución del Instituto Espacio para la Memoria «recuperar los predios o lugares en la Ciudad donde hubieran funcionado Centros Clandestinos de Detención o hubieran ocurrido otros acontecimientos emblemáticos de la época, promoviendo su integración a la memoria urbana » (art. 3° inc. c). La recuperación de los predios, entendida como recuperación de la memoria de los hechos que allí ocurrieron, requiere adoptar medidas para suprotección y resguardo patrimonial.
Los Centros Clandestinos de Detención, Tortura y Exterminio funcionaron como verdaderos campos de concentración y constituyeron
el soporte material de la represión del Terrorismo de Estado, perpetrada para crear las condiciones de posibilidad de un modelo
económico de exclusión que condenó al hambre y la miseria a miles de argentinos.
Los inmuebles donde se asentaron los Centros Clandestinos de Detención constituyen un ámbito de referencia física del Terrorismo
de Estado. Estos sitios poseen el valor del testimonio, interpelan la memoria colectiva desde el entramado urbano. Sus paredes, sus pisos, sótanos y altillos, sus marcas e inscripciones, son una clara evidencia y una demostración innegable de la violación masiva y sistemática de los derechos humanos.
Los detenidos-desaparecidos fueron concentrados en Centros Clandestinos de Detención a lo largo de todo el país. En la Ciudad de
Buenos Aires, estos lugares estuvieron instalados en los barrios, rodeados de vecinos, ubicados sobre calles y avenidas transitadas a diario por miles de personas. Estas calles, treinta años después, siguen siendo recorridas por personas que, en muchos casos, aún desconocen lo que sucedió en esos predios.
En este sentido, su importancia radica no sólo en su valor simbólico, sino en la superación del ocultamiento. Su significación social debe ser preservada para la posteridad. Es necesario garantizar su inalterabilidad como prueba para la justicia y su persistencia en el tiempo como «espacios de memoria».
En relación a la valoración patrimonial de los mismos, no existe en nuestro país una categoría que proteja a estos inmuebles como
«patrimonio de la memoria del Terrorismo de Estado». En este trabajo se aborda su tratamiento normativo como patrimonio cultural y se contribuye a la reflexión sobre la necesidad de una legislación específica que los contemple más allá de que sean pensados desde esta perspectiva.
Los sitios de memoria, con diferentes usos y significados en relación a los hechos en ellos ocurridos, constituyen valiosos testimonios de la historia de nuestro país. Mucho ha sido -y sigue siendo- el debate de cómo trabajar en estos espacios. Así, colectiva y consensuadamente, se han ido construyendo acuerdos, tomando decisiones, y llevando a la práctica, en cada uno de ellos, esa construcción plural.
Con el aporte de los organismos de Derechos Humanos, los sobrevivientes, los familiares, las organizaciones barriales y sociales, estos lugares van contando, inmersos en los barrios de la ciudad, su historia, que es también la historia de lucha de una generación y la denuncia -al mismo tiempo- de quiénes fueron los perpetradores del genocidio. Para que nunca más el horror y la ignominia tiñan con tanto dolor y muerte la memoria y la historia de los pueblos.
Ana María Careaga
Directora Ejecutiva
Indice
Prólogo
El patrimonio de la memoria del Terrorismo de Estado
El resguardo de la memoria, por Ana María Careaga, Directora Ejecutiva del IEM
El patrimonio cultural
¿Qué es el Patrimonio?
¿Qué es la Cultura?
¿Qué entendemos por Patrimonio Cultural?
El Patrimonio Cultural en la Ciudad de Buenos Aires
¿Por qué se debe preservar el Patrimonio Cultural?
¿Cuáles son los valores del Patrimonio Cultural?
¿Cómo se puede proteger el Patrimonio Cultural?
Patrimonio de la Memoria
Memoria histórica de los ex-centros clandestinos de detención, tortura y exterminio de la ciudad de Buenos Aires
«Escuela de Mecánica de la Armada» (ESMA)
«Club Atlético»
«Olimpo»
«Virrey Cevallos»
«Automotores Orletti»
Instrumentos de protección del patrimonio en la ciudad de Buenos Aires
¿Cuáles son los instrumentos normativos para proteger el Patrimonio de la Memoria?,
Creación del Instituto Espacio para la Memoria
Ley 2.599/2007- Convenio N° 46/07 – Creación del Ente Público Espacio para la Memoria, la Promoción y Defensa de los Derechos Humanos (ESMA)
Programas y comisiones de tratabajo para «Club Atlético y «El Olimpo»
¿Cuál es el marco normativo de la Ciudad de Buenos Aires
para la protección del Patrimonio Cultural?
A nivel local
A nivel nacional
¿Cuáles son los instrumentos internacionales para la protección del Patrimonio?
Cartas y recomendaciones internacionales
Declaración de Patrimonio Mundial
Programa Memoria del Mundo – UNESCO
Niveles de proyección en los ex Centros Clandestinos de Detención y Sitios de Memoria
Criterios de actuación en el patrimonio
¿Por qué es necesario establecer criterios?
¿Cuáles son los criterios a tener en cuenta a la hora de intervenir en el Patrimonio?
La preservación de los ex-centros clandestinos de detención, tortura y exterminio y sitios de memoria
La aproximación al edificio, reconocimiento y valorización
Primera Etapa: Legajo Histórico
Modelo para la realización de un Legajo Histórico
Segunda Etapa: El reconocimiento de los sistemas constructivos
Tercera Etapa: El diagnóstico
Cuarta Etapa: El proyecto
Proyecto integral de intervención
Pliego de especificaciones técnicas
Otras experiencias de recuperación y uso de ex centros detención y sitios de memoria
Museo Histórico de la Liberación, Roma
Fosas Ardeatinas, Roma
Reflexiones finales
Glosario
Bibliografía